a tu disposición 

los servicios de asociación nacional de abogados contra la usura

en que podemos ayudarte:

DERECHO BANCARIO. RECLAMACIÓNES POR USURA EN HIPOTECAS FIRMADAS POR FINANCIERAS Y PRÉSTAMISTAS.

Demandamos a los prestamistas por el interés usurario de los préstamos hipotecarios concertados con los clientes.

CONSECUENCIAS DE LA DECLARACION DE NULIDAD DE UN PRESTAMO COMO USURARIO. Art. 3 LEY USURA.

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cancelación de hipoteca

La hipoteca se cancelará al anularse el préstamo, como si nunca hubiera existido, por nulidad radical por usura.

El inmueble hipotecado quedará completamente libre de la hipoteca que garantizaba el prestamo.

No tendrá que pagar las cuotas mensuales pendientes, al cancelarse el préstamo.

Dependiendo de la fecha del préstamo y del plazo de amortización, lo habitual es que el prestamista le tenga que devolver dinero, ya que Ud. habrá pagado más que el principal entregado.

NUESTRA ARMA FUNDAMENTAL CONTRA LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS USURARIOS. LEY DE REPRESION DE LA USURA (Ley de Azcarate).

Ley de 23 de julio de 1908

ESTOS DOS ARTICULOS DE LA LEY DE LA USURA

CONSTITUYEN EL PRINCIPAR PILAR DE LUCHA CONTRA ESTE TIPO DE COMPORTAMIENTOS.

 Artículo 1

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.

 

Artículo 3

Declarada con arreglo a esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.

PRINCIPALES SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO RESPECTO A LA CONSIDERACION DE UN PRESTAMO HIPOTECARIO COMO USURARIO.

01

Sentencia nº 628/2015, de 25 de noviembre.

Para que un préstamo pueda ser considerado usurario es necesario que, además de ser notablemente superior al normal del dinero, el interés estipulado sea manifiestamente desproporcionado a las circunstancias del caso.

02

Sentencia nº 149/2020 de 4 de marzo.

Para determinar la referencia que ha de utilizarse como interés normal del dinero para realizar la comparación con el interés cuestionado en el litigio y valorar si el mismo es usurario, debe utilizarse el tipo medio de interés, en el momento de celebración del contrato, correspondiente a la categoría a la que corresponda la operación crediticia cuestionada.

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